Corte protege recursos de trabajadores fallecidos y rechaza cobro de ISR a beneficiarios

  • 11 de septiembre del 2026
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que los recursos de las cuentas Afore entregados a beneficiarios de trabajadores fallecidos están exentos del Impuesto Sobre la Renta.

El Pleno consideró que estos recursos tienen su origen en las aportaciones realizadas durante la vida laboral del trabajador y que su entrega después del fallecimiento puede equipararse legalmente a la recepción de un legado.

La decisión se produjo luego de una discusión entre los integrantes de la Corte sobre la posibilidad de aplicar el ISR a estos recursos. Finalmente, la postura a favor de la exención obtuvo seis votos, frente a tres en contra.

Con este criterio, quienes tengan derecho a recibir una cuenta Afore por el fallecimiento de un trabajador podrán hacerlo sin que se les descuente ISR por ese concepto, de acuerdo con la resolución del máximo tribunal.